ENISA anuncia la nueva línea de financiación para apoyar a emprendedores de todas las edades en la puesta en marcha de sus proyectos.
ENISA es una sociedad pública dependiente del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, que proporciona apoyo financiero a largo plazo a emprendedores y empresas con proyectos viables e innovadores.
Los beneficiarios de esta línea son los emprendedores que quieran crear empresas con una ventaja competitiva clara. Estos son los requisitos y condiciones generales para ser beneficiario:
• Ser PYME con personalidad jurídica propia y estar constituida, como máximo, en los 24 meses anteriores a la solicitud.
• Actividad principal y domicilio social en el territorio nacional.
• Modelo de negocio innovador/novedoso o con claras ventajas competitivas.
• No estar enmarcada en el sector financiero, excepto las plataformas de financiación participativa y otras plataformas de financiación cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a oferentes de financiación y solicitantes de financiación en cualquiera de sus modalidades.
• No estar enmarcada en el sector inmobiliario, excepto las plataformas tecnológicas cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a personas o entidades que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria y a adquirentes o arrendatarios de inmuebles.
• Cofinanciación de las necesidades financieras asociadas al proyecto empresarial.
• Nivel de fondos propios, como mínimo, igual a la cuantía del préstamo solicitado a Enisa.
• Estructura financiera equilibrada.
• Profesionalidad en la gestión.
• Viabilidad técnica y económica del proyecto empresarial.
• Cuentas depositadas en Registro Mercantil o Registro Público que proceda, del último ejercicio cerrado.
Condiciones
• Importe mínimo: 25.000 €
• Importe máximo: 300.000 €
• Para la determinación del importe se valorará, entre otros factores, el nivel de fondos propios y la estructura financiera de la empresa.
• El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
– Primer tramo: Euribor + 3,75% de diferencial.
– Segundo tramo: interés variable en función de la rentabilidad financiera de la empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la operación hasta un 8,0%.
• Comisión apertura: un 0,5%.
• Vencimiento: máximo 7 años.
• Carencia del principal: máximo 5 años.
• Comisión amortización anticipada: equivalente al importe que la cantidad amortizada anticipadamente hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si se hubiese amortizado en los términos previstos inicialmente.
• Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: equivalente al importe que el saldo por principal vivo del préstamo, en el momento de vencimiento anticipado, hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si el préstamo se hubiese amortizado en los términos previstos inicialmente.
• Amortización trimestral de intereses y principal.
• Sin garantías.