Ayudas para contratos en prácticas

Las pymes y autónomos que firmen contratos en prácticas cuentan actualmente con los siguientes incentivos:

  • 50% de la cuota si se contrata a un empleado de menos de 30 años.
  • 75% de la cuota si el trabajador se encuentra realizando prácticas no laborales en el momento de firmar el contrato en prácticas.
  • Empleados con discapacidad: si es igual o superior al 33%, los contratos firmados con personas hasta 35 años también serán bonificados.
  • Cuando el contrato en prácticas pasa a ser indefinido: la pyme o autónomo es bonificado en las cuotas empresariales de 500 euros al año durante tres años. Si la persona contratada es mujer la cuantía asciende a 700 euros anuales.

Periodo de prueba del contrato en prácticas:

  • No puede ser superior a un mes si el trabajador tiene un título de grado medio o certificado de profesionalidad de nivel uno o dos.
  • No puede ser superior a dos meses si el trabajador tiene titulación superior o certificado de profesionalidad de nivel tres. La única excepción es la que recoja el convenio colectivo.

Otras cuestiones a tener en cuenta:

  • La duración de las prácticas computan a efectos de antigüedad en la empresa.
  • El sueldo está fijado en el convenio colectivo para los trabajadores en prácticas.
  • En ningún caso el sueldo puede ser inferior al 60% durante el primer año, o al 75% durante el segundo año, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo puesto de trabajo u otro equivalente.

 

Ministerio de Empleo y Seguridad Social